En la controversia Universidad-Arzobispado, 19 Juzgado Civil de Lima rechazó pretensiones que ya habían sido denegadas en otras dos instancias judiciales. Se ratifica que la sentencia del Tribunal Constitucional no tiene validez para interpretar el testamento de José de la Riva Agüero.
Sintética exposición de las razones por las que la cuestionadísima sentencia del TC (de abril del 2010) no constituye un triunfo para el Arzobispo de Lima en la controversia legal que enfrenta con la PUCP, y que no se debe confundir con la polémica por el Estatuto Universitario.
En una entrevista realizada por el periodista Christian Hudwalker, nuestra vicerrectora de Investigación explicó con agudeza los detalles de las controversia con el Arzobispado y la reciente polémica por el Estatuto de la PUCP.
En los últimos días, voceros del Arzobispado de Lima han hecho pública la noticia de que, a iniciativa del Cardenal Juan Luis Cipriani, la sentencia del Tribunal Constitucional publicada en abril de 2010, ha sido inscrita en las partidas registrales de todos los bienes de la Pontificia Universidad Católica del Perú, y no solo en las que corresponden a los bienes que la Universidad heredó de don José de la Riva-Agüero. Esta noticia muestra varias cosas.
Nueva decisión favorable a la Universidad: nuestro sistema judicial admite las medidas tomadas por la Universidad para evitar que se cometan más arbitrariedades en la controversia legal que mantiene con el Arzobispado de Lima.
A un año de emitida la polémica sentencia que declaró improcedente el pedido de protección de derechos constitucionales que hizo la PUCP, presentamos documentación que permite comprender mejor la naturaleza y los alcances del inconsistente fallo.
Desde el 2007, la PUCP mantiene una controversia legal con el Arzobispo de Lima en la que busca protegerse de la amenaza de injerencia externa que representan las exigencias indebidas de parte del Arzobispado. En los procesos que se siguen no solo está en juego el respeto a la voluntad expresada por José de la Riva-Agüero en sus testamentos, sino, también, el respeto a los derechos fundamentales a la propiedad y a la autonomía universitaria.