La gestión transparente del patrimonio de nuestra Universidad

El pasado domingo 3 de abril, el abogado del Arzobispo de Lima, Natale Amprimo, publicó un artículo en el que acusó a nuestra casa de estudios de administrar incorrectamente el patrimonio que es de su propiedad, así como de no querer rendir cuentas ante ninguna instancia y de desacatar las disposiciones judiciales. Estas falsedades se suman a la gran lista de ataques que se pueden contar en la campaña para dañar la imagen de nuestra Universidad, que se ha iniciado hace ya varios meses, con la anuencia del cardenal Cipriani. Como siempre, la PUCP responde con argumentos sólidos a las acusaciones infundadas que se propalan.

I) El caso del inmueble de Barrios Altos: rigurosas tasaciones

En el citado artículo, el abogado Amprimo sostiene que la Universidad vendió un terreno de la herencia de don José de la Riva-Agüero “muy por debajo del monto en que fue tasado”. Esto es falso pues, justamente para asegurar la eficacia y la transparencia de la operación, la PUCP encargó tres tasaciones independientes para determinar el valor del inmueble de Barrios Altos. A partir de ello, se estableció el precio más adecuado para la venta.

La transacción se inició en abril del 2009, cuando los interesados en adquirir la propiedad remitieron una carta a nuestra Universidad manifestando su interés y ofreciendo US$ 1’350,000. Tras ello, y siguiendo un procedimiento transparente en el que distintas autoridades y direcciones de la Universidad intervinieron, la PUCP encargó las tasaciones en mención. Las valorizaciones resultantes fueron las que se muestran en la tabla.

Los informes de los tasadores señalaron, además, que la propiedad estaba ubicada en una zona de hacinamiento, con dificultades de habilitación urbana y altas tasas de actividad delincuencial.

Así, tomando en cuenta las condiciones del inmueble, que la oferta recibida por la PUCP (US $ 1’350,000) era mayor que todos los valores de realización presentados por los tasadores y que antes no se habían recibido ofertas por dicha propiedad; se decidió venderla por US$ 1’450,000. Es decir, a un valor más alto que el ofrecido inicialmente por los interesados y mucho más elevado que el valor de realización. Por supuesto, como corresponde a una institución respetuosa de las normas legales y los reglamentos, esta operación fue aprobada en Consejo Universitario e informada en la Asamblea Universitaria, que es el máximo órgano de gobierno de la PUCP.

II) Rendición de cuentas y cumplimiento de la Ley

Por otra parte, en el título y en diferentes pasajes del artículo, el abogado Amprimo dice explícitamente que la Universidad no le quiere “rendir cuentas a nadie”. Ante esto, solo queda reiterar que la Universidad rinde cuentas a quien corresponde y lo hace con total apertura. Nuestra casa de estudios siempre ha sido transparente en todas sus transacciones. Es una de las universidades privadas que publica más información sobre sus finanzas en su página web (ver: www.pucp.edu.pe/cifras). De igual modo, su gestión es auditada todos los años por las más reconocidas y serias agencias auditoras del mundo (como PriceWaterHouse Coopers y Deloitte: 2007, 2008, 2009, 2010). Asimismo, al ser una Universidad gobernada democráticamente por su propia comunidad universitaria, profesores, estudiantes y representantes de la Iglesia pueden acceder a la información pormenorizada de los movimientos económicos de la PUCP.

¿Por qué pese a todas estas evidencias se insiste en pretender que nuestra Universidad es una institución que esconde sus cuentas y desobedece la ley? ¿Por qué el abogado defensor del Arzobispado publica un artículo con acusaciones tan graves y sin sustento?

Definitivamente, estos ataques infundados no contribuyen al desarrollo transparente de la controversia, pues pueden confundir a la opinión pública y, de esa manera, incluso afectar el debido proceso de los litigios que tanto la PUCP como el Arzobispado de Lima han iniciado. En estos, como se sabe, se siguen discutiendo los temas de fondo de esta controversia; aquellos vinculados a la herencia y a los límites de las competencias de la Junta Administradora que don José Riva-Agüero instauró.

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